
Por qué es importante el cumplimiento de la privacidad de datos en Nueva Jersey
La Ley de Privacidad de Datos de Nueva Jersey (NJDPA, SB 332) es una de las leyes de privacidad estatales más recientes de EE. UU. Adoptó un marco familiar de otros estados, pero le añadió sus propias particularidades. A diferencia de la mayoría de las leyes de privacidad, la NJDPA no se aplica directamente a los encargados del tratamiento, aunque estos deben cumplir ciertos requisitos al actuar en nombre de un responsable del tratamiento.
La ley se basa en un modelo de exclusión voluntaria, que otorga a los consumidores el derecho a:
Excluirse de la venta o intercambio de datos personales
Acceder a la información personal recopilada sobre ellos
Eliminar su información personal
Corrija datos inexactos
Confirmar si una empresa está procesando sus datos
Para las empresas, los riesgos de ignorar el cumplimiento incluyen sanciones financieras, desconfianza de los consumidores y la posibilidad de perder clientes ante competidores que ya priorizan la privacidad.


Acerca de NJDPA - SB 332
La NJDPA exige a las empresas que otorguen a los consumidores los derechos mencionados anteriormente: cancelación, acceso, eliminación, corrección y confirmación. Para ello, las organizaciones deben contar con procesos, políticas y avisos claros.
La Ley de Privacidad de Datos de Nueva Jersey se aplica a:
Empresas (incluidas empresas de otros estados) que procesan los datos de más de 100,000 residentes de Nueva Jersey anualmente
Empresas que generan ingresos por la venta de datos de más de 25.000 residentes
Si usted se encuentra en alguna de esas categorías, deberá cumplir con la NJDPA.
Cómo nuestros servicios de privacidad de datos le ayudan a cumplir

Servicios basados en entregables
Políticas, procedimientos, lineamientos internos y más.

Evaluación de riesgos
Le ayudamos a identificar, evaluar y abordar los riesgos de privacidad.

Employee Training
Formación adaptada a tu equipo y a tu sector.

Gobernanza de la IA
Garantizar un uso ético y conforme de la IA.
En Oso, ofrecemos un conjunto completo de servicios para ayudarle a cumplir con los requisitos de la Ley de Privacidad de Datos de Nueva Jersey (SB 332). Ya sea que esté desarrollando un programa de privacidad desde cero o mejorando el que ya tiene, lo tenemos cubierto. Nuestros servicios incluyen:

Nuestro enfoque
Nuestro proceso está diseñado para que el cumplimiento sea práctico, no abrumador. Empezamos por conocer sus prácticas de privacidad actuales y las posibles lagunas en la NJDPA.
Evaluación de riesgos: evaluamos sus políticas, avisos y prácticas de datos existentes en función de los requisitos de la ley.
Plan de cumplimiento personalizado: según sus objetivos y tolerancia al riesgo, creamos un plan paso a paso para abordar las necesidades de cumplimiento.
Implementación: esto puede incluir la actualización o creación de políticas de privacidad, la capacitación de su personal, la revisión de los contratos con proveedores o la configuración de sistemas para manejar las solicitudes de los consumidores.
Soporte continuo: para las empresas que desean orientación continua, ofrecemos consultoría a largo plazo y servicios subcontratados de Responsable de Privacidad de Datos.
Algunas empresas solo necesitan algunas actualizaciones. Otras pueden necesitar un programa de privacidad completo. En cualquier caso, trabajamos con usted para crear una solución clara, sostenible y adaptada a su negocio.
Sirviendo a Nueva Jersey
Empresas con Excelencia
Hemos ayudado a empresas a prepararse y cumplir con las leyes de privacidad en varios estados. Esto nos da una clara ventaja sobre empresas sin experiencia en la legislación de privacidad estatal.
Debido a que la NJDPA es nueva, muchas empresas locales aún están aprendiendo sus detalles. En Oso, ya contamos con experiencia en leyes similares, por lo que podemos actuar con rapidez para preparar su negocio. Y como mantenemos nuestras operaciones ágiles, a menudo ofrecemos este apoyo a un costo mucho menor que el de las empresas más grandes.
Ya sea que dirija una empresa financiera en Newark o una empresa tecnológica en Jersey City, estamos listos para ayudarlo a cumplir.

Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Debemos notificar a los consumidores sobre cualquier intercambio de datos?
Sí. La NJDPA exige que las empresas proporcionen avisos de privacidad que expliquen claramente cómo se utilizan y comparten los datos de los consumidores.
¿Cuál es la fecha límite para responder a las solicitudes de acceso?
Debe responder en un plazo de 45 días. Se conceden 45 días adicionales si notifica al consumidor y explica la demora.
¿Se aplica la ley a las empresas de fuera del estado?
Sí. Si procesa suficientes datos de los residentes de Nueva Jersey para cumplir con los umbrales, la ley se aplica, incluso si no reside físicamente en el estado.
¿Se aplica la NJDPA a los procesadores?
No directamente. La ley se aplica a los responsables del tratamiento. Sin embargo, los encargados del tratamiento deben cumplir requisitos específicos al actuar en nombre de un responsable.
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Oso Privacy Consultants tiene su sede en Luisiana, pero presta servicios a empresas de todo el mundo.



